La Comisión de Justicia del Congreso aprueba la ley de amnistía

Agencias
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Los cambios pactados por PSOE, ERC y Junts reciben el visto bueno de los aliados del Gobierno y el texto deberá ir ahora al pleno de la Cámara Baja. Junts cifra entre 150 y 200 las personas que ahora quedarían incluidas en la medida de gracia

La Comisión de Justicia ha aprobado este jueves el nuevo dictamen de la Ley de Amnistía, incorporando las cuatro enmiendas transaccionales que el PSOE ha pactado con los independentistas de ERC y de Junts.

La iniciativa ha contado con el apoyo de PSOE, Sumar, ERC, Junts, Bildu, PNV y Podemos, en representación del Grupo Mixto, y frente al no de PP y Vox.

La Ley de Amnistía tuvo que volver a la comisión el pasado 6 de febrero, después de que una semana antes Junts votara en contra en la votación de conjunto a la que tuvo que someterse en el Pleno por tener carácter orgánico.

Asistentes en la Comisión de Justicia en el Congreso de los DiputadosAsistentes en la Comisión de Justicia en el Congreso de los Diputados - Foto: Eduardo Parra Europa Press

Una vez aprobado por la comisión, el dictamen de la Ley de Amnistía se elevará al Pleno del Congreso, que lo verá la próxima semana. Eso sí, como el orden del día ya estaba cerrado y su modificación exigiría una unanimidad que ni el PP ni Vox iban a conceder, el PSOE y sus aliados forzarán un segundo pleno, el jueves 14, en el que se debata y vote la proposición de ley de forma monográfica.

En este Pleno extra sólo se votará el dictamen de la Comisión de Justicia, ya que el PSOE y sus socios han acordado retirar todas las enmiendas que estaban vivas y descartar cualquier modificación más, aseguran fuentes parlamentarias.

Eso sí, como es una norma de rango orgánico necesitará el voto favorable de la mayoría absoluta de la Cámara (176 diputados) para salir adelante, por lo que no cabe cometer errores ni debe haber debe ausencias.

Si la ley prospera en el Pleno, la iniciativa se enviará al Senado para que continúe su recorrido. El PP tiene mayoría absoluta en la Cámara Alta y piensa retrasar al máximo los trámites. En cualquier caso, no podrá hacerlo más de dos meses puesto que ése es el límite que establece la Constitución, con lo que la entrada en vigor se calcula para finales de mayo.

Pero si en el próximo Pleno del Congreso la ley no llegara a ese umbral mínimo de 176, como ocurrió el 30 de enero, ya no habría una nueva oportunidad y todo el procedimiento parlamentario tendría que empezar desde el principio con la presentación de una nueva proposición de ley.

Bruselas no se pronunciará hasta que la amnistía esté aprobada

La Comisión Europea ha reiterado este jueves que no se pronunciará sobre la ley de amnistía hasta que se conozca el texto final aprobado por el Congreso de los Diputados, misma posición que mantiene desde que el Gobierno le remitió el borrador de la norma en noviembre de 2023.

Fuentes de la Comisión Europea han subrayado a EFE que "no hay mucho más que decir por el momento", y han confirmado que esperarán a ver el texto final "una vez salga aprobado".

El comisario europeo de Justicia, Didier Reynders, ha dicho en varias ocasiones que Bruselas analiza el texto de manera "cuidadosa, independiente y objetiva", y en constante contacto con las autoridades españolas.

Entre 150 y 200 beneficiados

Junts ha cifrado este jueves entre 150 y 200 las personas que considera que ahora quedan incluidas la ley de amnistía acordada entre su partido, el PSOE y ERC.

Fuentes de la formación han asegurado que con el redactado anterior de la norma, a la que Junts se opuso, estas personas, sobre todo las vinculadas con el caso 'Tsunami Democràtic' y 'Voloh' estaban "a disposición de que un juez les investigara y les pudiera imputar terrorismo".

"Ahora pueden estar más tranquilas. Pueden tener la tranquilidad de que, desde un punto de vista normativo y legal, estarán cubiertas. A partir de aquí, los jueces harán lo que consideren", añaden.

La voluntad de la negociación, apuntan las citadas fuentes, era tapar "fugas de agua" que opinan que tenía el anterior redactado y que nadie quedara atrás.

De hecho, aseguran que el expresidente de la Generalitat y eurodiputado de Junts, Carles Puigdemont, fue el primero en mantener que no volvería "nunca" a Cataluña si había gente que ayudó y colaboró que quedaba fuera de la aplicación de la ley.

Más allá de que augure que Puigdemont podrá volver en julio a Cataluña, ha aclarado que él y el resto de afectados gestionarán su posible retorno como quieran y tomarán sus decisiones.

PP: "la historia no va a amnistiar al PSOE"

Pese a los acuerdos, la portavoz del PP, Cuca Gamarra, ha avisado de que el Código Penal "sigue en vigor" y la ley no puede cambiar las definiciones del dolo, ya que "la ley de amnistía no puede inventar otros fines de cada delito y hacerlos depender de la declaración de cada acusado".

Ha recalcado que la ley no puede cambiar los delitos de terrorismo o malversación en función de ciertas finalidades.

"Ustedes podrán amnistiar a quién quieran pero la historia no va a amnistiar al PSOE por cometer esta auténtica atrocidad", ha dicho al tiempo que ha calificado de "tropelía y corrupción política" la norma y ha considerado "tremendamente decepcionante" que el antiguo PSOE apoye esta norma "inmoral e injusta".

En un sentido parecido, el portavoz de Vox en la Comisión, Javier Ortega-Smith, ha denunciado que esta reunión es "un fraude" porque, a su juicio, se ha vulnerado el procedimiento y los diputados no conocían las enmiendas de manera previa.

Ortega-Smith ha acusado al PSOE de negociar "con el mayor oscurantismo" y ha opinado que la ley "es una repugnante compra de votos" para lograr la investidura y la aprobación de los presupuestos.

Así queda el nuevo texto de la amnistía

Estos son las principales modificaciones acordadas en las enmiendas, a las que ha tenido acceso EFE.

El terrorismo

En el caso del terrorismo, se borran las referencias al Código Penal y se señala que quedan sin cobertura "los actos que por su finalidad puedan ser calificados como terrorismo", según la directiva europea de 2017, y que, a su vez, hayan causado "de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos".

En particular quedan excluidos los actos regulados en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos -relativos al derecho a la vida y la prohibición de la tortura- y al derecho internacional humanitario.

La traición

Respecto a los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y los relativos a la defensa nacional recogidos en el Código Penal, se concreta que quedarán excluidos de la amnistía solo cuando se haya producido "tanto una amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial o la independencia política de España".

Se remiten en este caso a los términos establecidos en la Carta de Naciones Unidas y en la resolución 2625 aprobada por la Asamblea General en 1970.

Las torturas

Quedan también excluidos los actos tipificados como delitos de torturas o de tratos inhumanos o degradantes con arreglo al Convenio Europeo de Derechos Humanos, pero la amnistía los cubrirá cuando "no superen un umbral mínimo de gravedad", porque no resulten idóneos para humillar o degradar a una persona, dañar su dignidad o "provocar miedo, angustia o inferioridad de una forma capaz de quebrar su resistencia moral y física".

La malversación

El texto acota la amnistía del delito de malversación, que estará cubierto por la medida de gracia "únicamente" cuando esté dirigido a financiar, sufragar o facilitar el procés y "siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento".

Y concreta que no se considerará enriquecimiento el uso de fondos públicos para el procés cuando, "independientemente de su adecuación al ordenamiento jurídico, no haya tenido el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial".

Las multas

La ley deja claro que no habrá indemnizaciones y que tampoco se reintegrarán multas ya abonadas, aunque con la última modificación se abre la puerta a que se devuelvan multas impuestas en aplicación de la ley de seguridad ciudadana, la conocida ley mordaza.

Se podrá hacer salvo que se trate de infracciones muy graves y siempre que la administración que impuso la sanción estime que concurren "criterios de proporcionalidad" para hacerlo.