Fernando Lussón

COLABORACIÓN

Fernando Lussón

Periodista


El Supremo frustra los planes

15/02/2023

A pesar de la advertencia del Tribunal Supremo acerca de que la supresión del delito de sedición y su sustitución por el de desórdenes públicos agravados deja inerme al Estado frente a cualquier nuevo intento de secesión por parte del independentismo por el vacío creado tras la reforma del Código Penal acordada por el Gobierno con ERC pensada para 'desjudicializar' el expediente catalán, resulta difícil pensar que ya no quedan armas jurídicas y políticas para abortar la posibilidad de que Cataluña – o el País Vasco- se desgajen de España.  

En ningún caso en España se puede producir un "Divorcio de terciopelo" como ocurrió en la división de Checoslovaquia en 1993, porque las Cortes Generales nunca aprobarán nada que pueda vulnerar los primeros artículos de la Constitución Española, y los altos tribunales podrán seguir juzgando y anulando todas las decisiones adoptadas ilegalmente, por quedar fuera de su ámbito de competencias, por el Parlament de Cataluña. Por el momento, además, el "lo volveremos a hacer" se encuentra en vía muerta y tardará en reactivarse.  

La posición del Tribunal Supremo, que ha revisado al sentencia del 'procés' a la luz de la reforma del Código Penal venía ya anunciada desde que el juez instructor del caso, Pablo Llarena, adoptó la primera decisión respecto a Carles Puigdemont tras la entrada en vigor de los cambios, tanto sobre las consecuencias de la supresión del delito de sedición al considerar que los hechos no- podían subsumirse en el delito de desórdenes públicos agravados, que además no existía, como que no era de aplicación la malversación atenuada. En un auto aprobado por unanimidad la Sala Segunda del Supremo ha insistido en esos argumentos, pero habrá que esperar a la decisión de la justicia europea, ante la que recurrirán los condenados por el procés, para ver en que acaba toda esta batalla sobre la  homologación de penas y delitos y su aplicación en nuestras leyes.  

Desde el punto de vista jurídico, la actual reforma puede ser revertida y agravada con la reintroducción del delito de convocatoria de referéndum ilegal tal y como ha prometido el Partido Popular que lo hará si gana las elecciones. A la vista está que las intenciones del Gobierno para normalizar la situación en Cataluña por la vía de librar de la cárcel a los segundos escalones del procés y permitir la participación política de Oriol Junqueras y sus compañeros al rebajarles las penas de inhabilitación no se ha dado, y en ese sentido el objetivo de la reforma se ha convertido en un nuevo fiasco para las intenciones del Gobierno -y van dos-. Intentar justificar con el auto del Supremo que así se demuestra que la reforma no tenía intención de beneficiar a los autores de la intentona secesionista, cuando ese era el objeto declarado del pacto con ERC, es hacerse trampas en el solitario y minusvalorar el juicio de los ciudadanos.

También están por determinarse las derivas políticas del auto del Supremo en la vida política nacional y catalana como consecuencia del mantenimiento de la pena de inhabilitación para quienes querían volver a la política institucional. El Gobierno hizo lo que había acordado con los independentistas y los jueces del Supremo han puesto pie en pared y frustrado los planes de ambos, lo que abre un periodo de incertidumbre, salvo para la pervivencia, a pesar de los temores, para la unidad de España.