El 11% de los municipios elige al alcalde con listas abiertas

J.M.
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Chueca y Robledo del Mazo se incorporan en 2023, por la pérdida de población, a este sistema que permite a los vecinos de pequeños ayuntamientos elegir directamente a los candidatos de cada lista

El 11% de los municipios elige al alcalde con listas abiertas - Foto: Manu Reino

Salvador Aguilar dejará definitivamente la Alcaldía de Villarejo de Montalbán después de 12 años como máximo representante. «No tenemos más que problemas», se queja por el abandono de la administración pública a poblaciones menguadas como esta. Con solo 75 empadronados, es la tercera más diminuta de la provincia por detrás de Illán de Vacas y Navalmoralejo. «Me ha costado dinero estos 12 años», asevera con cierto tono de reproche y también con resignación el alcalde socialista, quien añade inmediatamente a sus casi 80 años: «Daría lo que fuera por Villarejo de Montalbán». A su vez, confía en que habrá un sustituto, a quien le aconseja mantener la lucha para continuar como ayuntamiento y no descender a anejo.

El 11 por ciento de los 204 municipios de la provincia, 23 en total, elegirá a sus representantes municipales para la próxima legislatura mediante el sistema de listas abiertas, una opción que el Régimen Electoral General concede a los ayuntamientos con menos de 250 habitantes a fecha de 1 de enero de 2022 en el padrón municipal. Los vecinos de 23 localidades repartidas por diferentes comarcas de la provincia votarán directamente a los candidatos.

Se trata de los municipios de Chueca (Junta Electoral de Orgaz), Caleruela, La Estrella, Illán de Vacas, Marrupe, Navalmoralejo, Puerto de San Vicente, Retamoso de la Jara, Robledo del Mazo, Sartajada, Sotillo de las Palomas, Torralba de Oropesa, Torrecilla de la Jara, Las Ventas de San Julián, Villarejo de Montalbán (Junta Electoral de Talavera), Casasbuenas, Hontanar (Junta Electoral de Toledo-Illescas), Aldea en Cabo, Erustes, Garciotum, Mesegar de Tajo, Nuño Gómez y Paredes de Escalona (Junta Electoral de Torrijos).

La diferencia sobre 2019 es leve. Por entonces, hubo 22 ayuntamientos con menos de 250 empadronados en los que la votación fue por vía de listas abiertas. Ahora, en la legislatura que comienza en 2023, la Delegación del Gobierno de Castilla-La Mancha ha informado de la incorporación de Chueca y de Robledo del Mazo. El primero ha perdido 13 registrados: de 261 a 249. Y el segundo, ha pasado de 289 empadronados a 249. Sale del sistema Cabañas de Yepes.

pérdida de población. La alcaldesa de Retamoso de la Jara, Diana Cajacuri, se convirtió probablemente hace dos años y medio en el primer alcalde de la provincia de origen extranjero. Nacida en Perú, ejerció como teniente de alcalde hasta el abandono paulatino de sus otros tres compañeros del PP, mayoritario en la Corporación tras las elecciones de 2019. Entonces, una comisión gestora encabezada por ella asumió la dirección de un ayuntamiento que ha perdido concejales para 2023, tal y como lamenta Cajacuri. El padrón del 1 de enero de 2022 registra 97 habitantes en Retamoso, aunque en verdad, a día de hoy, hay 127. Por ello, solo hay en juego en esta ocasión tres sillas de concejales.

Junto con los tres municipios más deshabitados de la provincia, es el único que solo dispondrá de tres concejales. La alcaldesa, que no se presentará en estas próximas elecciones, está ilusionada por el porvenir del municipio porque los pocos jóvenes están dispuestos a representar a la localidad. De hecho, un candidato del Partido Popular tiene 35 años. «Me voy porque hay jóvenes que quieren implicarse», subraya.

El municipio de Illán de Vacas supone una excepción en la provincia y en España por la cantidad mínima de habitantes. Como solo tiene tres empadronados, todos ejercerán en principio como concejales de esta localidad de la comarca de Torrijos.

 

Las reglas del juego en las poblaciones más pequeñas

El Boletín Oficial de la Provincia publicó el 1 de marzo la relación de los municipios agrupados por partidos judiciales, con la indicación de la cifra de población oficial de cada uno aprobada por el Gobierno y el número de concejales. La fecha de publicación no es casual; debe figurar en el BOP en el plazo de los seis primeros días de marzo del año de la celebración de elecciones.

El Régimen Electoral General establece para los municipios con menos de 250 habitantes que cada partido, coalición, federación o agrupación podrá presentar una lista como máximo de tres nombres si el municipio tiene hasta 100 residentes o de cinco si tiene entre 101 y 250 residentes. El elector podrá dar su voto a un máximo de dos entre los candidatos proclamados en municipios de hasta 100 residentes o a un máximo de 4 en los de entre 101 y 250 residentes.

Se efectuará el recuento de votos de cada candidato ordenándose en una columna las cantidades representativas de mayor a menor. Serán proclamados electos aquellos candidatos que obtengan mayor número de votos hasta completar el número total de concejales. En caso de empate, se resolverán por sorteo.