Inspección de viviendas turísticas para evitar el fraude

C.M
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Una solución es la creación de un programa «que ofrece a los propietarios colaboración en la rehabilitación de sus viviendas, a cambio de que los mismos las cedan al Ayuntamiento por un mínimo de 10 años para que ésta las destine a alquiler social

A debate la ordenanza de apartamentos turísticos - Foto: Yolanda Lancha

Una medida adecuada para controlar la oferta de viviendas y apartamentos turísticos «es el control riguroso de las ayudas públicas destinadas a la rehabilitación de vivienda». Esta es una de las conclusiones recogidas en el ‘Informe sobre los apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico en la ciudad de Toledo’ elaborado por la Empresa Municipal de la Vivienda.

El análisis vuelve a ser relevante en unas semanas en la que grupos políticos y asociaciones vecinales han vuelto a poner el acento en la necesidad de  compensar el desequilibrio que sufre el Casco entre vivienda turística y residencial, lo que está relacionado con el constante descenso de población del Casco y con la temida museificación del ámbito histórico.

Ante ello, el documento insta a las administraciones -local y regional- a «mantener un control exhaustivo sobre el cumplimiento de los requisitos exigibles para la concesión de las ayudas, y a exigir el reintegro de éstas cuando se incumplan los mismos». Por tanto, denota el valor de «colaborar con la Junta de Castilla-La Mancha en la inspección de apartamentos y viviendas turísticas, en especial para evitar el fraude en el alquiler de viviendas completas por habitaciones.

En el caso de Toledo, en la actualidad existen las ayudas de la Consejería de Fomento de la Junta y el Programa de Ayudas del Consorcio destinado a las personas residentes del Casco. La concesión de las ayudas está sujeta a condiciones generales de obligado cumplimiento, entre las que se encuentran el destino de la vivienda rehabilitada a residencia habitual y permanente, propia o de terceras personas. Este requisito obliga a un uso residencial de la vivienda rehabilitada, excluyéndose expresamente los usos terciarios, cualesquiera que sean (alquiler turístico, hostelería, hospedaje o similares).

A este requisito se le suman otros, como la limitación por cinco años de la transmisión intervivos de la vivienda objeto de ayudas o la obligatoriedad de ocupación de la vivienda rehabilitada en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de finalización de las obras.

Por tanto, indica el informe, «es preciso mantener un control exhaustivo sobre el cumplimiento de los requisitos exigibles para la concesión de las ayudas y exigir el reintegro de éstas cuando se incumplan los mismos.

En la revisión de la Ordenanza de Ayudas del Consorcio de Toledo, se manifestó «la voluntad de la Corporación de crear un Programa específico para ofrecer a los propietarios colaboración en la rehabilitación y obtención de condiciones de habitabilidad de sus viviendas, a cambio de que los mismos las cedan a la Administración Local por un mínimo de diez años para que ésta las destine al alquiler social». Este Programa, prosigue la recomendación de la EMV, «de ponerse en marcha, puede servir como una salida eficaz a las viviendas vacías existentes en el Casco».

En consecuencia, y puesto que es preciso atender a las necesidades de la población residencia, se insta al «estudio de un plan de revitalización especialmente dirigido al Casco Histórico, que complemente al resto de medidas urbanísticas, legales o fiscales previstas para la gestión del fenómeno de las viviendas y apartamentos turísticos». Un ejemplo de referencia puede ser el aprobado en Barcelona para la reactivación del distrito de Ciutat Vella. En efecto, conscientes de la gravedad del fenómeno de alojamiento turístico, se ha optado por desarrollar herramientas de innovación social que se encaminen a la regeneración de la zona.

Las líneas de actuación del plan barcelonés «son perfectamente compatibles con un planeamiento urbano que proteja el patrimonio local, incentive el sector turístico y permita la fijación de la población en el territorio a través de proyectos específicos que fomenten la economía de proximidad, potencien un nuevo liderazgo público, proporcionen empleo de calidad en la zona y apuesten por un turismo sostenible». Todo ello a través del enfoque de la economía cooperativa social y solidaria.

510 alojamientos. El municipio de Toledo tiene oficialmente 19 apartamentos turísticos y 289 viviendas de uso turístico (a 1 de noviembre de 2019 en el Registro de empresas), el 90% en el Casco Histórico (incluido Antequeruela y Covachuelas). Pero el asunto no es tan sencillo. Según el ‘Informe sobre los apartamentos y viviendas de uso turístico’ (diciembre de 2019) varían dependiendo de la fuente consultada.

Así, «la información publicada en prensa» es de 308 viviendas de uso turístico y apartamentos en Toledo pero «se están comercializando 452» (y 58 habitaciones fuera de regulación). Por su parte, la oferta de la plataforma ‘Airbnb’ es de 510 alojamientos (88,6% viviendas completas) y 2.382 camas (frente a 4.354 plazas hoteleras) de las que solo el 30% están registradas legalmente.

 Teniendo en cuenta que existen 4.354 plazas hoteleras estimadas por el INE para septiembre de 2019, la oferta comercializada por Airbnb supone un incremento no planificado de la capacidad de hospedaje de Toledo en un 54,70%.

La mayor concentración de apartamentos turísticos completos ofertados se ubica en la zona interior de las murallas del Casco Histórico y los barrios anejos de Antequeruela y Covachuelas, que soportan el 90,4 % de la oferta total disponible.