Noblejas pide al TSJ que anule su nivel 3 de restricciones

J.S.
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El Consitorio argumenta que la resolución de Sanidad está basada en «datos inciertos». «El problema está en la falta de credibilidad de los datos de la Junta», señala Ángel Manuel Luengo, teniente de alcalde del municipio

El Ayuntamiento argumenta su recurso en los datos que dispone el centro de salud de la localidad. - Foto: Víctor Ballesteros

El Ayuntamiento de Noblejas ha recurrido ante la Sección Segunda la de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha la Resolución de la Delegación provincial de Sanidad en la que se decreta el regreso de esta localidad de la comarca de La Mesa de Ocaña al nivel IIIde restricciones, el más duro. La resolución de la autoridad sanitaria se fundamenta en una incidencia de casos que el Ayuntamiento de Noblejas considera que no se ajusta a la realidad epidemiológica que vive el municipio.

En primer lugar, los argumentos municipales rebaten los datos de población sobre los que la Delegación de Sanidad calcula la incidencia del nuevo patógeno en Noblejas. Sanidad calcula la incidencia teniendo en cuenta una población de 3.583 habitantes, pero el Ayuntamiento eleva la cifra vecinas a 3.659.

«Ante todo hay que subrayar que la población de derecho de Noblejas, según los últimos oficiales del Instituto Nacional de Estadística a fecha 1 de enero  de 2020 asciende a 3.659 habitantes, por lo que es este dato y no el referido en el antecedente tercero de la resolución de la delegada provincial de Sanidad (3.588 habitantes) el que debe ser tomado como referencia poblacional», señala el recurso firmado por el alcalde de Noblejas, Agustín Jiménez, en el que se pide al Alto Tribunal de la región que revoque la Resolución de la Delegación Provincial de Sanidad «por no considerarlo ajustado a la realidad epidemiológica de la localidad en el momento de su aprobación». En este sentido, el Ayuntamiento solicita «el regreso a la aplicación de medidas de Nivel 2 al municipio,» tal y como se mantiene en la práctica totalidad de las localidades de la región conforme a lo dispuesto en la Resolución del pasado dos de marzo.

El Ayuntamiento de Noblejas en su recurso ante el Tribunal Superior de Justicia asegura  que no es cierto que se la semana epidemiológica número 8 en la localidad ya hayan detectado 12 positivos, tal y como publicó Sanidad. «La información acreditada por el  centro de salud de Noblejas es que en la semana del 22 al 28 de febrero -semana epidemiológica 8- no se notificó ningún caso positivo a fecha viernes 26 de marzo, lo cual vendría a poner de manifiesto una tendencia radicalmente a la baja en el número de casos en la localidad tal y como lo demuestran las publicaciones de 26 de febrero y de 5 de marzo en lo que a lo que a la semana epidemiológica 7 se refiere» en la que se detectaron 3 casos.

El argumento municipal en el recurso presentado añade la información facilitada por la enfermera rastreadora del centro de salud de Noblejas que acredita que el miércoles 24 de febrero -en plena semanas 8- «tan sólo había activos en Noblejas tres casos positivos, lo que vendría a coincidir con la información publicada el viernes 5 de marzo en cuanto a la semana epidemiológica 7.

«Toda esta información lo que pone de manifiesto es la incorrección de la información relativa al cómputo de doce positivos que no han sido diagnosticados en Noblejas y viene a desmentir un incremento de la  incidencia acumulada entre las semanas epidemiológicas 7 y 8 que justifiquen la restricción de derechos fundamentales y de movilidad mediante la aplicación de la medidas de Fase 3 de la localidad».

«Estas medidas adoptadas a la población de Noblejas la cabrean, pero eso no es el problema: el problema es la falta de credibilidad de los datos facilitados por la Junta, explica Ángel Antonio Luengo, teniente de alcalde del Ayuntamiento de Noblejas, cuyo equipo de Gobierno sospecha que se están inflando los datos de los municipios cercanos a la comunidad de Madrid con «fines políticos».

Además, el recurso del Ayuntamiento añade un auto de la Sala de lo Contencioso de Tribunal Superior de Justicia que viene a dejar en la práctica sin efecto las restricciones decretadas por Sanidad en el Nivel 3 puesto que al carecer de residencias de mayores, centros con personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas y centros residenciales sociosanitarios no son de aplicación práctica. A esto hay que añadir que el Alto Tribunal «no ratifica» las medidas adoptadas relativas a las actividades de carácter religioso, eventos deportivos y culturales, competiciones deportivas no federadas, bodas, banquetes y comuniones, así como tampoco prohíbe las reuniones en número mayor de seis personas.