Toledo crea un pliego a la medida de la contratación a dedo

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Lo justifica por «razones de eficacia y eficiencia» de la propia Administración y por «exclusividad» de la empresa en casos donde no exista competencia por razones técnicas

Toledo crea un pliego a la medida de la contratación a dedo - Foto: ï»VÁ­ctor Ballesteros

El Ayuntamiento de Toledo ha creado su propio pliego tipo de cláusulas administrativas particulares para contratar suministros y servicios con empresas de su elección por el sistema negociado sin publicidad, es decir, elección a dedo. La medida ha sido aprobada por la Junta de Gobierno Local al amparo de la Ley de Contratos del Sector Público y lo justifica por «razones de eficacia, eficiencia y exclusividad».

No se trata de contratos necesariamente baratos. Por ejemplo, se han pagado 140.000 euros a Telecom Castilla-La Mancha SA «por razones de exclusividad» para que preste el servicio de comunicaciones de emergencia con tecnología digital para la Policía Local de Toledo.

Se entiende (porque las supuestas razones no se argumentan en las adjudicaciones) que este «tercero predeterminado» por el Ayuntamiento cumple los requisitos de la ley en cuanto a que esos trabajos «solo puedan ser encomendados a un empresario determinado porque no exista competencia por razones técnicas; o que proceda la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial» (...)  «no existiendo una alternativa o sustituto razonable y cuando la ausencia de competencia no sea consecuencia de una configuración restrictiva de los requisitos y criterios para adjudicar el contrato».

En realidad la redacción del pliego tipo se hace por razones internas «de eficacia y eficiencia administrativa» pero su uso por las unidades competentes a la hora de contratar es lo que debe justificarse por esa «exclusividad».

Por cierto, los pliegos no se pueden ver en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Toledo ni en la plataforma estatal a la que deriva (otro curioso ejercicio de transparencia municipal). El último accesible tiene fecha de agosto de 2018 pero como el acuerdo de la Junta de Gobierno para estos pliegos tipo es del pasado abril hay que suponer que habrá cambios pero es imposible contrastarlos.

Aquel era para la intervención socioeducativa en el Cerro de los Palos; mediación social de convivencia en las 109 viviendas; y prevención y atención integral ante situaciones de exclusión social y se justificaba la contratación a dedo por los  artículos de la ley de contratos 167 (licitación con negociación para «servicios sociales personalísimos que tengan por una de sus características determinantes el arraigo de la persona en el entorno de atención social, siempre que el objeto del contrato consista en dotar de continuidad en la atención a las personas que ya eran beneficiarias de dicho servicio»), que no rige en el caso de Telecom para nada, y 168 (este sí coincide en los dos expedientes).

Otros contratos muy recientes con este sistema son para el suministro de un sistema ‘core-holmatro’ para equipos de excarcelación de los Bomberos y también para el servicio postal, transporte y distribución de los envíos urbanos e interurbanos de cartas certificadas y notificaciones administrativas.