Condenado el Ayuntamiento de Ocaña a devolver 3,4 millones

J.M.
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El Gobierno critica a la anterior alcaldesa por «la dejadez» al dejar sin resolver un Decreto de Alcaldía de 2017 abierto para zanjar la devolución a instancia de una sentencia de 2016

Condenado el Ayuntamiento de Ocaña a devolver 3,4 millones

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Toledo, Santiago Corral, ha estimado el recurso interpuesto en 2018 por la mercantil Inmuebles 224 S. L. contra el Ayuntamiento de Ocaña y ha condenado al Consistorio a abonar a la actora la suma de 3.465.000 euros, más alrededor de un millón por los intereses legales devengados desde la interpelación judicial, ante el silencio de esta administración. El Ayuntamiento dispone de un periodo para presentar un recurso de apelación.

La sentencia, firmada el pasado día 26 de octubre, se refiere al recurso contencioso-administrativo presentado por la mercantil Inmuebles 224 S. L. contra la desestimación presunta por silencio administrativo por parte del Ayuntamiento de Ocaña del abono de 3.465.000 euros, producida por la falta de resolución expresa del expediente iniciado por Decreto de Alcaldía el 31 de marzo de 2017.

 El objeto de esta sentencia es el ingreso de un cheque en el Ayuntamiento de 3.465.000 euros por parte de Desarrollo Áreas Logística de Castilla La Mancha (Inmuebles 224 S. L. recoge el testigo de la reclamación de esta cantidad) en concepto de sustitución del 10 por ciento del aprovechamiento lucrativo del Programa de Actuación Urbanizadora ‘Mesa de Ocaña’. Esta PAU fue adjudicada en 2013 sin la aprobación de la reparcelación. Desarrollo Áreas Logística de Castilla La Mancha declinó la firma del convenio urbanístico, por lo que la adjudicación quedó desierta.

El Decreto de Alcaldía de 2017 abría la instrucción del procedimiento administrativo para la devolución de la cantidad de 3.465.000 euros ingresada por Desarrollo de Áreas Logísticas de Castilla-La Mancha, pero no realizó movimiento alguno para cumplir el derecho reconocido por el mismo Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Toledo en una sentencia de 2016.

«La ejecución de las sentencias es una parte del contenido esencial del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, e incluso constituye elemento esencial del estado de Derecho tanto la extensión de la jurisdicción, que en exclusiva los juzgados y tribunales, a hacer ejecutar lo juzgado como el obligado acatamiento de la administración a los pronunciamientos judiciales», reprende el juzgado.

El portavoz del equipo de Gobierno, Juan José Rodríguez, recriminaba en declaraciones a este diario «la dejadez e irresponsabilidad» de la exacaldesa Remedios Gordo por no realizar el cumplimiento de la sentencia ni reclamar los descuentos, cargas o gastos a favor del Ayuntamiento de Ocaña para la cuantificación definitiva de la deuda.

El alcalde de Ocaña, el socialista Eduardo Jiménez, compareció hace un año ante los medios de comunicación para explicar la situación económica «crítica» del Ayuntamiento, que arrastraba por entonces una deuda de más de 30 millones, atribuible en gran parte a los ocho años de mandato de su antecesora, la ‘popular’ Remedios Gordo. Por ello, calificó esta gestión como «nefasta y negligente» por un debe que triplicaba los ingresos anuales del Consistorio.

En el pasado mes de junio, este diario publicaba también la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Toledo que condenaba al Ayuntamiento de Ocaña al pago de 394.486,14 euros, más los correspondientes intereses de demora, a una compañía suministradora de energía eléctrica por impagos del consumo de luz entre los años 2015 y 2017.