«El impacto en el ojo hizo que se cayera y se golpease»

M. G.
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La forense ratifica su informe, explica que la víctima murió por un grave traumatismo craneoencefálico producido en el occipital y por las lesiones internas. La víctima no tenía lesiones por una posible defensa

Fachada del bar, propiedad de Julio pero alquilado, donde sucedieron los hechos el 10 de mayo de 2017. - Foto: Yolanda Redondo

A las dos médicos forenses que entraron en la sala se les enseñó la foto de Julio en el momento del ingreso en el hospital y reconocieron que sí era compatible con las lesiones que se encontró cuando es acercó a la UVI antes de que falleciera. En este caso, la víctima presentó un grave traumatismo craneoencefálico al margen de la lesión sufría en un ojo a consecuencia «de un puñetazo o de un golpe con algo romo».

En este caso, una de las forenses argumentó que la muerte se produjo a consecuencia del impacto en el suelo. «El golpe del ojo hizo que la víctima cayera hacia atrás y se golpease». Si bien, tampoco puede descartar que el impacto en el ojo también causara «alguna lesión grave». No obstante, lo que está fuera de duda es que Julio sufriera una electrocución o falleciese por otras causas a pesar de que la defensa insistió en otro informe pericial que apuntaba que la víctima padecía una patología coronaria y pudo influir en su fallecimiento.

dilaciones indebidas. El abogado del acusado dejó caer que su cliente lleva «cinco años con la espada de Damocles encima», a pesar de que admitió que no es comparable «a la tragedia sucedida»  y considera que se han producido dilaciones indebidas durante el procedimiento porque ha tardado cinco años en llegar a una sala de vistas.

El letrado ofreció un relato y enumeró las veces que ha estado parado el procedimiento o se ha retrasado en exceso, algo que considera perjudicial para su defendido. «el juzgado tendrá mucho trabajo, pero el acusado no tiene por qué pagarlo». El juicio quedó visto para sentencia.

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