El TS vuelve respaldar las Reglas de Explotación del Trasvase

J. Monroy
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Desestima la nueva demanda de Asaja Alicante contra la que se habían personado entidades como la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo

El TS vuelve respaldar las Reglas de Explotación del Trasvase - Foto: Óscar Huertas Fraile

No eran, desde luego, las Normas de Explotación del Trasvase que necesita el río Tajo, pero sí mejoraban las condiciones anteriores. Por esa razón cuando desde el Levante comenzaron las tractoradas y otras protestas y más tarde los recursos legales, la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía, la Asociación Grama, la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo y la Plataforma en Defensa del Tajo y Alberche de Talavera de la Reina no dudaron en ponerse de parte del Ministerio de Transición Ecológica en la defensa de la modificación de las Reglas de Explotación del Trasvase Tajo-Segura (Real Decreto 638/2021). Ahora, por segunda vez, la justicia les da la razón.

El Tribunal Supremo acaba de desestimar la demanda de la Asociación Jóvenes Agricultores (Asaja) de Alicante contra la modificación de las Reglas de Explotación del Trasvase y les condena en costas. Las asociaciones en defensa del río personadas en la demanda en defensa de la validez del Real Decreto, añaden así un segundo respaldo tras el que ya informaron el pasado 22 de julio en la demanda del Gobierno de la Región de Murcia.

La modificación de la Regla de Explotación del Trasvase Tajo-Segura que el Ministerio publicó en el BOE del 27 de julio de 2021 pretendió estabilizar los trasvases, reduciendo el alto grado de excepcionalidad con el que la anterior Regla de Explotación de 2014 dejaba reiteradamente los embalses de Entrepeñas y Buendía en el nivel 3 de excepcionalidad y en puertas del nivel 4 de prohibición de trasvasar agua.

Además, señalan desde la Plataforma de Toledo, la anterior Regla de Explotación carecía de respaldo técnico al contravenir el correspondiente informe de 2013 que fijaba un volumen máximo de trasvase de 30 hectómetros cúbicos en nivel 2 y, sin embargo, se estaban trasvasando 38. Y «aunque esta nueva Regla no nos satisface en absoluto, es mejor de lo que teníamos. Por lo menos, lo que hay ahora tiene visos de que más adelante se pueda hacer además», apunta el presidente de la Plataforma, Alejandro Cano. A su juicio, este Real Decreto no trae demasiados beneficios para el Tajo, más allá de la cabecera «donde deja un poquito más de agua», pero es mucho mejor de lo anterior.

Asaja Alicante recurrió el nuevo Real Decreto alegando que la memoria realizada por el Ministerio para su justificación no era completa, no se habían tenido en cuenta otras alternativas de regulación y se debía esperar a la aprobación del nuevo Plan Hidrológico del Tajo, todavía en tramitación.

Por el contrario, el Alto Tribunal reconoce la modificación bien fundada en el informe del Cedex y que no puede exigirse al Gobierno que espere a la aprobación del plan hidrológico del Tajo, ya que el momento de la entrada en vigor es una cuestión de oportunidad sobre la que no se dan razones para considerarla injustificada.

También ha sido desestimado el argumento esgrimido por Asaja de que la modificación de julio de 2021 incumplía la regla del reparto de los caudales del trasvase entre abastecimiento y regadío. El Tribunal Supremo afirma que la norma que regula ese reparto la compone tanto la distribución general 25% de abastecimiento y 75% de regadío como el mínimo establecido de 7,5 hectómetros para abastecimiento, por lo que la interpretación no debe atenderse únicamente al supuesto perjuicio del regadío, máxime cuando el abastecimiento es preferente según recoge el artículo 60 de la Ley de Aguas.

Defensores del Tajo. La Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía, la Asociación Grama, la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo y la Plataforma en Defensa del Tajo y Alberche de Talavera de la Reina se presentaron como codemandados y en apoyo del nuevo Real Decreto porque volver al anterior de 2014 «sería más lesivo y esquilmaría más las reservas de la Cabecera del Tajo». Defender el rigor y la verdad frente al embrollo judicial y la confusión interesada es una tarea prioritaria a la que se han entregado tanto el equipo de abogados que les ha representado como la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss, estos últimos mediante la redacción de los correspondientes informes técnicos.

Ahora todavía quedan otras demandas por resolver en relación con este mismo asunto y, aunque los argumentos esgrimidos por los recurrentes no son exactamente los mismos, los defensores del río confían en el rigor procedimental tanto como en el rigor y aval de nuestras consideraciones.