Los ingenieros industriales acusan al Consistorio de vulnerar sus derechos

e. martín | TOLEDO
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El presidente del colectivo asegura que el Ayuntamiento ha anulado en dos ocasiones un informe sobre el estado de un edificio de un colegiado por considerar que no es competente

Los edificios de más de 50 años deben contar con un informe sobre su estado de conservación. - Foto: David Pérez

El Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Toledo está estudiando emprender acciones legales contra el Ayuntamiento de Toledo después de que la administración municipal anulara hasta en dos ocasiones un informe de evaluación de un edificio por considerar que estos profesionales no son competentes. Así lo aseguró ayer el presidente de la institución, Enrique del Castillo, quien se ampara en las atribuciones de los ingenieros industriales y que «nos confieren capacidad técnica de verificar y emitir informes sobre cómo se encuentra un edificio». En cambio, asegura que la ordenanza municipal se remite a la Ley de Ordenación de la Edificación, que «no determina quiénes son los profesionales idóneos para realizar estos informes».

Del Castillo denuncia que existe un «limbo» legal puesto que el Ministerio de Fomento no ha definido quién es el técnico competente en el Real Decreto 233 de 2013 del 5 de abril, en el que se basa la ordenanza municipal.

«Los ingenieros industriales somos competentes puesto que en ningún caso se van a encargar de construcciones, solo de emitir un informe» y así el presidente considera que «no debe ser de aplicación la Ley de Ordenación de la Edificación porque no es un proyecto de construcción sino un informe sobre el estado en el que se encuentra un edificio».

Los abogados del Colegio de Ingenieros Industriales están estudiando el caso para emprender acciones legales. Y es que, recuerdan que desde abril los edificios de las ciudades con más de cincuenta años están obligados a hacer un informe que acredite una buena conservación. «En Toledo, este proceso está regulado a través de una Ordenanza Municipal que fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el pasado diez de marzo y que se basa en el Real Decreto 233 de 2013 del 5 de abril, por el que se normaliza el ‘Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana’».

El artículo 30 de la Ordenanza de Conservación e Informe de Evaluación de Edificios, apunta el colectivo, «habla de que la obligación legal de efectuar el IEE periódicamente, se verificará mediante la obtención por cuenta y cargo del propietario del informe expedido por técnico competente.  En ningún caso esta Ordenanza especifica quién es el técnico competente que se puede hacer cargo de estas inspecciones o evaluaciones».

El Colegio también se remite a otras ordenanzas municipales de otros ayuntamientos y considera que se están vulnerando sus derechos al no poder ejercer como ténicos competentes para hacer informes de evaluación de edificios.