La Plataforma de afectados celebra la sentencia: «Razón tenemos más que de sobra»

i. g. villota | TOLEDO
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El colectivo subraya que la Audiencia Nacional aplica la doctrina que unificó el Tribunal Supremo: «Dice que el suelo es rústico, de cultivo, y el IBI se tiene que pagar rústico y no urbano»

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Como una buena noticia que les «da la razón» y les anima a continuar un camino largo y arduo. Así ha recibido la Plataforma de Afectados por el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de Toledo la sentencia firme, del 15 de enero, de la Audiencia Nacional que anula el valor catastral de doce parcelas de suelo urbanizable de la ciudad fijado por la Gerencia Regional del Catastro con la última ponencia de valores de 2007.

El portavoz del colectivo, Andrés García Vaquero, afirma que «razón tenemos más que de sobra» y subraya que el fallo judicial  «aplica la doctrina que unificó el Tribunal Supremo» al reiterar que solo se puede considerar urbano el suelo que tenga un plan urbanístico de desarrollo aprobado. «Nuestros terrenos son rústicos, de cultivo, y por eso el IBI que paguemos también debe ser rústico y no urbano», sentencia, reclamando que esta consideración se aplique a todos los terrenos afectados.

Los integrantes de la plataforma incluyeron la semana pasada la resolución de la Audiencia Nacional a los recursos en proceso en el Tribunal Económico Regional (TEAR) de Castilla-La Mancha para que «los tenga en cuenta y los aplique», toda vez que el fallo se pronuncia en contra de las resoluciones anteriores del Económico-Administrativo Central (TEAC), del propio TEAR y de la Gerencia regional del Catastro de la que derivan.

Por eso, esperan que este nuevo movimiento «sirva para recortar el tiempo» de los procesos y para que el TEAR «estime nuestros recursos porque ahí está la ley».

la petición. Además, el portavoz considera que «la sentencia insta al Catastro a revalorar el suelo del propietario afectado para que sus parcelas vuelvan a ser calificadas como rústicas», por lo que solicita al gerente de organismo, Alfonso Solorzano, «que responsablemente y con coherencia tenga la sensibilidad de modificar a rústico la naturaleza y los valores de todos los afectados, hasta que se resuelvan todos los procedimientos judiciales».

No en vano, remarca que «de no ser así, a sabiendas, estará haciendo lo contrario que le han dictado los diferentes tribunales y, en este último caso, la sentencia de la Audiencia Nacional».

Respecto a la devolución de los recibos cobrados desde que se empezó a aplicar la ponencia de valores, García Vaquero aprecia que «tenemos un porcentaje alto de conseguir la devolución de aquellos que están recurridos», añadiendo que «depende de los tribunales y de la voluntad política y de los políticos, aunque esta última ha estado desaparecida desde que empezó este problema».