La batalla legal y psicológica de una familia toledana contra el antiguo bar ‘Kaché’ ha terminado dando sus frutos en los tribunales. El Juzgado de lo Penal número 2 de Toledo ha condenado a los dos antiguos propietarios del local, ubicado en Santa Teresa, por un delito de lesiones a la pena de 18 meses de cárcel y a la indemnización de 18.000 euros para E.B.G., una vecina que sufrió reiterados problemas psicológicos y psiquiátricos gracias al ruido que generó este establecimiento hace unos años, que la obligó a mantener tratamiento de antidepresivos y ansiolíticos. Los procesados J.P.S. y R.M.S, el primero dueño del ‘Magnate’ y el segundo del ‘Kaché’, también tendrán que pagar 7.500 euros al marido y la misma cantidad a una de las hijas.
Los problemas de ruidos que acusa el barrio de Santa Teresa son viejos conocidos, pero esta sentencia pone de manifiesto la repercusión continua de un exceso de decibelios para los vecinos, una situación que ha obligado a los afectados a acudir al Ayuntamiento en multitud de ocasiones para denunciar la problemática. El caso de esta familia fue más allá. Vivía encima del conocido bar ‘Kaché’, pero se vio obligada a trasladarse de domicilio en abril de 2004 porque no podía soportar más esta situación y ya había presentado 32 denuncias al Ayuntamiento, aunque de poco habían servido porque el establecimiento continuó con la actividad a pesar de los excesos de ruido, la manipulación del limitador, la celebración de un concierto en directo y la venta de alcohol a través de una ventana que daba a la calle.
tribunales. Un magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 ha analizado los hechos denunciados y ha terminado condenando a ambos jóvenes por un delito de lesiones, que se acredita por el ruido «intolerable» al que fue sometida E.G.T, de 61 años, como corroboran los informes psiquiátricos y psicológicos que realizaron distintos profesionales. En la sentencia, contra la que cabe recurso, se descarta la existencia de dolo directo, puesto que los procesados no tenían la intencionalidad directa de causar ese daño, pero si concurre una imprudencia, ya que ambos no hicieron nada para acabar con el problema una vez conocido, ni a petición de los vecinos ni del propio Ayuntamiento. Aunque en este último caso, la administración demostró durante estos años una «dilatada pasividad» en vista de las escasas sanciones administrativas.
Quizá los vecinos de Santa Teresa podrían abanderar este procedimiento contra los dueños del bar ‘Kaché’ para intentar acabar con los problemas de ruidos que siguen sufriendo en el barrio por la concentración de locales de ocio nocturno, a pesar de que las molestias se han rebajado gracias a la ‘Ordenanza Antibotellón’, que prohibe el consumo de alcohol en la calle, y a las modificaciones de la Ordenanza Reguladora de la Contaminación Ambiental (ORCA). Pero en esta causa, lo cierto es que el magistrado se ha encontrado con que los hechos se remontan varios años (2001-2003), tiempo en el que las administraciones no manejaban normativas eficaces ni estaba en vigor la conocida Ley del Ruido.
Por este motivo, el magistrado entiende que no se puede hablar de delito contra el medio ambiente, ya que no se cumplen todos los requisitos. A pesar de que en el juicio quedó acreditado el exceso de ruido y la «tortura» que sufrió esta familia en estos años, lo cierto es que este delito se excluye del artículo 325 del Código Penal, reservado al castigo en relación al perjuicio de los sistemas naturales. En la sentencia se recoge que en este caso el citado artículo se convierte en una «ley penal en blanco» para este supuesto y que no existía normativa, ni autonómica ni municipal, que completase y pudiera condenar a los procesados por este delito.
En este sentido, la complejidad de la materia, la escasa actuación de las administraciones y la falta de una ley habilitante motivan que el magistrado no vea un delito contra el medio ambiente. Además, la Resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de entonces facultaba a los ayuntamientos para elaborar una ordenanza y el de Toledo sólo mantenía la ORCA, de 1988, como un «proyecto de ordenanza», que ha obligado a distintas modificaciones para adaptarla según las necesidades del momento. Por tanto, el Juzgado de lo Penal número 2 aparcó las peticiones del Ministerio Fiscal, que proponía cuatro años de prisión.
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